TRANSPARENCIA
Información institucional
La Fundación IMDEA Energía fue creada en noviembre de 2006 por la Comunidad de Madrid con el fin de promover actividades de I+D+i relacionadas con la energía.
El objetivo último de la Fundación es la obtención y transferencia de resultados científicos y tecnológicos de alto nivel que contribuyan al desarrollo de un sistema energético sostenible, estableciendo vínculos sólidos con las principales compañías del sector energético. Las actividades de I+D+i que se desarrollan en IMDEA Energía se enmarcan dentro de los ámbitos de las energías renovables y las tecnologías energéticas limpias.
Información institucional
La organización del Instituto IMDEA Energía se estructura en diferentes niveles: Patronato, Consejo Científico, Dirección y Gerencia, Investigadores y Personal Técnico y Administrativo.
El concepto de Unidad de Investigación es la pieza básica de la estructura científica del Instituto definida por los diferentes campos de especialización. Esta organización transversal proporciona una gran versatilidad para abordar los diferentes temas de investigación y una buena flexibilidad para adaptarse a los cambios en las necesidades de I+D.
El Patronato es el responsable del gobierno, de la representación y de la administración de la Fundación, velando por el cumplimiento de los objetivos de la institución.
El Consejo Científico del Instituto IMDEA Energía está compuesto por los miembros científicos del Patronato y un número adicional de científicos. Este Consejo es el encargado de asesorar al Director del Instituto en la elaboración del programa científico, así como de establecer los objetivos a cumplir y evaluar los resultados obtenidos y las actividades realizadas.
Estatutos imdea
Información económica y estadística
Programa de actividades 2026
Presupuesto 2026
Cuentas anuales 2024
Patrimonio
Solicitud de información pública
Si no encuentra la información que busca en el Portal de Transparencia, puede presentar su solicitud de información por email (transparencia.energia@imdea.org) o mediante correo postal a la siguiente dirección:Fundación IMDEA Energía, Av. Ramón de La Sagra, 3, 28935 – Móstoles, Madrid
Quién trata sus datos
Con qué finalidad
Por qué puede hacerlo
Para cumplir las obligaciones legales establecidas en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Quién más accede a sus datos
No se facilitan sus datos a terceros.
Qué derechos tiene
Cuánto tiempo se conservan los datos
A los cinco años desde que se atendió la solicitud.
Más información
Pinchando en el siguiente enlace: Datos personales.
MEMORIA ANUAL
Conoce nuestra Memoria Anual
Memoria Anual 2024 | IMDEA Energía
Memoria Anual 2024 | IMDEA Energía
Memoria Anual 2023 | IMDEA Energía
Memoria IMDEA Energía 2023
Código ético y de conducta IMDEA Energía
Código ético de IMDEA Energía
El Código Ético y de Conducta de la Fundación IMDEA Energía recoge el compromiso de la Fundación con los principios éticos y de transparencia en todos sus ámbitos de actuación, estableciendo un conjunto de bases y pautas de conducta dirigidos a garantizar el comportamiento ético y responsable de todos sus profesionales en el desarrollo de su actividad.
Código Ético y de Conducta
Canal ético de IMDEA Energía
El Canal Ético de IMDEA Energía tiene como objetivo fomentar el cumplimiento de la legalidad y de las normas del Código Ético y de Conducta del centro. Mediante el Canal Ético, los trabajadores, particulares, proveedores, etc., puedan informar, de forma confidencial y sin temor a represalias, sobre cualquier posible irregularidad o incumplimiento del Código Ético y de Conducta de la Fundación IMDEA Energía. La información (denuncia) puede realizarse con identificación del informante (denunciante) o de forma anónima. Si se opta por el anonimato, la persona informante no podrá recibir información de la evolución de su denuncia. Podrá ver el progreso de su estado, accediendo a la opción de seguimiento con el ID que se le facilitará el final del envío de la información (denuncia). Debes tener en consideración que “comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad” se considera infracción muy grave. La Ley prevé multas para las personas físicas que actúen de esta manera.